Ley de Protección al empleo COVID-19

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Ley de Protección al empleo COVID-19
Con fecha 1 de abril de 2020, se ha promulgado la LEY DE PROTECCIÓN AL EMPLEO, la cual permite a los empleadores suspender la relación laboral en el caso de que deban paralizar las actividades de la empresa, total o parcialmente por un acto o declaración de una autoridad competente que establezca medidas sanitarias para el control de la enfermedad COVID-19.
Mientras dure esta suspensión de la relación laboral, los trabajadores tendrán derecho a recibir las prestaciones del FONDO DE CESANTÍA INDIVIDUAL y en subsidio del FONDO SOLIDARIO.
El empleador suspenderá su obligación de pagar remuneraciones y tendrá la obligación de pagar las cotizaciones previsionales y de seguridad social, tanto las que sean de su cargo como las del empleado, con excepción del seguro de accidentes en el trabajo, sobre el que tendrá que pagar el 50%. El trabajador quedará liberado de la obligación de prestar servicios al empleador.
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